Glosario del Seguro
Términos
Glosario del Seguro
De la A a la Z, iremos desgranando todos los términos aseguradores que te interesan, para que los comprendas mejor.
Actualmente hay 8 nombres en este directorio
A
ASEGURADO
Es el término que se da a las personas que quedarán protegidas por el seguro. sobre ellas recae la cobertura de la póliza. En algunas ocasiones, el propio asegurado es el tomador de la póliza.
El asegurado debe custodiar, proteger y tomar las precauciones necesarias para no favorecer la ocurrencia de un siniestro del bien asegurado.
El asegurado, el tomador y el beneficiario pueden ser la misma persona o distintas.
El asegurado debe custodiar, proteger y tomar las precauciones necesarias para no favorecer la ocurrencia de un siniestro del bien asegurado.
El asegurado, el tomador y el beneficiario pueden ser la misma persona o distintas.
B
BENEFICIARIO
Es quien percibe la indemnización en los casos previstos por la póliza. El beneficiario recibe las sumas de dinero, los servicios concretados en la póliza o la indemnización garantizada. Suele tener un vínculo común de intereses personales, familiares o económicos con el asegurado o con el tomador.
Los seguros en los que la figura del beneficiario es más clara es en los seguros de vida.
En los casos en los que el asegurado fallezca sin haber designado ningún beneficiario, la compañía aseguradora procederá al reparto de la indemnización entre los descendientes o familiares directos del asegurado que figuren en el testamento.
Es quien percibe la indemnización en los casos previstos por la póliza. El beneficiario recibe las sumas de dinero, los servicios concretados en la póliza o la indemnización garantizada. Suele tener un vínculo común de intereses personales, familiares o económicos con el asegurado o con el tomador.
Los seguros en los que la figura del beneficiario es más clara es en los seguros de vida.
En los casos en los que el asegurado fallezca sin haber designado ningún beneficiario, la compañía aseguradora procederá al reparto de la indemnización entre los descendientes o familiares directos del asegurado que figuren en el testamento.
C
COBERTURA
La cobertura es el conjunto de riesgos que el asegurador se compromete expresamente a cubrir en el caso que efectivamente se produzcan el siniestro o los eventos determinados en el contrato de seguro.
- También llamadas "garantías" de la póliza.
- Se definen y especifican en las condiciones particulares y generales de los contratos de las pólizas.
- Con las coberturas el asegurado está protegido hasta el límite económico pactado, de las consecuencias que se derivan de un siniestro.
- También llamadas "garantías" de la póliza.
- Se definen y especifican en las condiciones particulares y generales de los contratos de las pólizas.
- Con las coberturas el asegurado está protegido hasta el límite económico pactado, de las consecuencias que se derivan de un siniestro.
P
PÓLIZA
El es documento del contrato de seguro establecido entre asegurador y tomador, donde se recogen los datos, las condiciones de las coberturas y tanto las obligaciones como los derechos de ambas partes.
En la póliza se establecen los datos del contratante, asegurado y beneficiario, las primas, las coberturas, exclusiones, franquicias, entre otros términos.
Se compone de las condiciones particulares, especiales y generales del contrato de seguro y los suplementos posteriores que lo completen o modifiquen.
El es documento del contrato de seguro establecido entre asegurador y tomador, donde se recogen los datos, las condiciones de las coberturas y tanto las obligaciones como los derechos de ambas partes.
En la póliza se establecen los datos del contratante, asegurado y beneficiario, las primas, las coberturas, exclusiones, franquicias, entre otros términos.
Se compone de las condiciones particulares, especiales y generales del contrato de seguro y los suplementos posteriores que lo completen o modifiquen.
PRIMA
Es el precio del seguro por la cobertura de la póliza. La aseguradora, mediante el cobro de la prima, se obliga a satisfacer la indemnización o prestación en caso de producirse el riesgo objeto de cobertura.
La prima está exenta de IVA, pero no de otros impuestos y tasas como el IPS (Impuesto de prima de Seguro) y tasa del CCS (Consorcio de Compensación de Seguros)
Existen diferentes tipos de prima, en función de la recurrencia de pago y periodo: anual/fraccionada, única/periódica.
Según la variabilidad, hay primas fijas/variables, nivelada/creciente o decreciente, prima mínima/definitiva.
Es el precio del seguro por la cobertura de la póliza. La aseguradora, mediante el cobro de la prima, se obliga a satisfacer la indemnización o prestación en caso de producirse el riesgo objeto de cobertura.
La prima está exenta de IVA, pero no de otros impuestos y tasas como el IPS (Impuesto de prima de Seguro) y tasa del CCS (Consorcio de Compensación de Seguros)
Existen diferentes tipos de prima, en función de la recurrencia de pago y periodo: anual/fraccionada, única/periódica.
Según la variabilidad, hay primas fijas/variables, nivelada/creciente o decreciente, prima mínima/definitiva.
R
RIESGO ASEGURADO
El riesgo asegurado constituye la posibilidad de que se produzca el suceso que provoque un daño o necesidad pecuniaria. Es el motivo o razón por la que el asegurado contrata.
Tiene que ser medible para poder cuantificar sus consecuencias y, por último, ha de cubrir hechos lícitos que no se encuentren fuera de la legalidad.
Los seguros deben cubrir unos riesgos definidos, individualizados y limitados, pero no todos los riesgos son asegurables. Por ejemplo, la conducción bajo la influencia de drogas o alcohol o la competición con el vehículo asegurado.
El riesgo asegurado constituye la posibilidad de que se produzca el suceso que provoque un daño o necesidad pecuniaria. Es el motivo o razón por la que el asegurado contrata.
Tiene que ser medible para poder cuantificar sus consecuencias y, por último, ha de cubrir hechos lícitos que no se encuentren fuera de la legalidad.
Los seguros deben cubrir unos riesgos definidos, individualizados y limitados, pero no todos los riesgos son asegurables. Por ejemplo, la conducción bajo la influencia de drogas o alcohol o la competición con el vehículo asegurado.
T
TOMADOR
Es la persona contratante, titular de la póliza de seguro que asume el pago de la prima del contrato, entre otras obligaciones. Con su firma, acepta las condiciones del seguro.
El tomador puede ser persona física o jurídica y puede contratar el seguro por cuenta propia o ajena.
El tomador puede ser la misma persona que el asegurado y el beneficiario o puede que todas esas figuras sean diferentes.
Si el tomador y el asegurado son personas distintas, las obligaciones corresponden al tomador (salvo las que po su naturaleza los deba cumplir el asegurado) y los derechos, al asegurado (salvo derechos especiales del tomador en seguros de vida),
El tomador puede ser persona física o jurídica y puede contratar el seguro por cuenta propia o ajena.
El tomador puede ser la misma persona que el asegurado y el beneficiario o puede que todas esas figuras sean diferentes.
Si el tomador y el asegurado son personas distintas, las obligaciones corresponden al tomador (salvo las que po su naturaleza los deba cumplir el asegurado) y los derechos, al asegurado (salvo derechos especiales del tomador en seguros de vida),
V
VIGENCIA
La vigencia del seguro es el plazo durante el cual el contrato está en vigor y los riesgos asegurados se encuentran cubiertos por la aseguradora, es decir, si el siniestro ocurre en ese periodo de tiempo el seguro debe responder, debe indemnizar al asegurado o al beneficiario en la forma pactada en la póliza.
En caso de impago del seguro, puede quedar el contrato en suspenso de forma temporal, por lo que durante ese periodo los riesgos asegurados no estarían cubiertos.
Lo más frecuente es encontrar seguros con una vigencia de un año. Esto se conoce como "anualidad" y, de forma general, será prorrogable automáticamente.
En caso de impago del seguro, puede quedar el contrato en suspenso de forma temporal, por lo que durante ese periodo los riesgos asegurados no estarían cubiertos.
Lo más frecuente es encontrar seguros con una vigencia de un año. Esto se conoce como "anualidad" y, de forma general, será prorrogable automáticamente.